Al hablar de tráfico de drogas, consumo de marihuana, su cultivo y tenencia, nos encontramos en un delicado equilibrio entre lo legal, lo sancionable administrativamente y el delito. Esta ambigüedad ha llevado a que muchas personas se enfrenten a sanciones penales o administrativas sin tener claro cuándo se cruza la línea entre el uso personal y el tráfico. En este artículo abordaremos los aspectos clave para entender las diferencias, las posibles sanciones y la importancia de contar con una defensa jurídica eficaz en caso de enfrentar un proceso judicial.
1. Autoconsumo de marihuana: ¿Qué dice la ley?
En España, el consumo privado de marihuana no está considerado un delito, siempre y cuando se mantenga dentro de ciertos límites establecidos por la jurisprudencia. El Instituto Nacional de Toxicología ha fijado una cantidad de hasta 100 gramos de marihuana como límite aproximado para lo que se puede considerar autoconsumo. Esta cantidad se basa en el supuesto de que es suficiente para un consumo personal durante aproximadamente cinco días. Sin embargo, esta cifra no es definitiva ni excluyente, ya que otros factores también entran en juego a la hora de determinar si la marihuana incautada está destinada al consumo propio o si existe ánimo de tráfico.
La jurisprudencia y las resoluciones del Tribunal Supremo han elaborado criterios para delimitar cuándo la posesión de marihuana se considera autoconsumo o no. Estos criterios incluyen:
- La cantidad: aunque el límite orientativo es de 100 gramos, si la cantidad es inferior y hay otros indicios, como balanzas de precisión o envoltorios, se puede considerar que la sustancia estaba destinada al tráfico.
- El contexto: si la marihuana se encuentra en un ambiente que sugiere intercambio o distribución, como un club social o una reunión de muchas personas, es más probable que se entienda como tráfico.
- El lugar donde se consuma la sustancia: resulta relevante especialmente a la hora de delimitar la infracción administrativa. Si la marihuana se consume en un lugar público, puede acarrear sanciones administrativas aunque sea para consumo propio.
- Consumo compartido entre un grupo reducido de personas: puede considerarse legal si no se difunde la sustancia a personas ajenas al grupo y la cantidad es limitada..
2. Plantaciones: cuándo es legal y cuándo no
El cultivo de marihuana para autoconsumo en un ámbito privado es un tema delicado en España. Aunque no se prohíbe explícitamente, la ley establece que para que un cultivo sea considerado legal, debe estar claramente destinado al uso personal, sin exceder las cantidades que una persona consumiría razonablemente en un tiempo determinado.
Las plantaciones de marihuana que exceden estos límites, sobre todo aquellas que son de gran tamaño o generan sospechas de que la producción tiene fines comerciales, están tipificadas como delito en el Código Penal. Las macro plantaciones, que superan los 10 kilogramos de marihuana, se consideran de «notoria importancia» según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, lo que conlleva penas mucho más severas. Este tipo de plantaciones se penalizan con penas de tres a seis años de prisión y multas elevadas, debido a la gravedad que implica la producción a gran escala.
Asimismo, es fundamental tener en cuenta que el cultivo de marihuana con fines industriales, como el cáñamo, está regulado por normativas específicas de la Unión Europea. Para que una plantación de cáñamo sea legal, debe tener un contenido de THC inferior al 0,3%, lo que excluye su uso como droga recreativa.

3. ¿Cuándo se convierte en delito?
El tráfico de marihuana está tipificado como un delito grave en el artículo 368 del Código Penal español. Este artículo castiga a quienes ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o bien faciliten su consumo ilegal. A diferencia del consumo privado, que no está penalizado, el tráfico de marihuana, incluso en pequeñas cantidades, constituye un delito contra la salud pública.
El elemento clave que diferencia el tráfico del autoconsumo es el ánimo de traficar. Aunque la cantidad de marihuana incautada sea pequeña, si hay indicios de que estaba destinada a la venta, como balanzas, grandes cantidades de dinero en efectivo o envoltorios individuales, el juez puede considerar que se trata de tráfico.
Existen diferentes niveles de penas dependiendo de si la droga causa o no grave daño a la salud. En el caso de la marihuana, que está considerada como una droga que no causa un grave daño a la salud, las penas son de uno a tres años de prisión y una multa del tanto al duplo del valor de la droga incautada. Si se trata de cantidades superiores o si existen circunstancias agravantes, como la reincidencia o la implicación de menores, las penas pueden aumentar considerablemente.
4. Sanciones administrativas: Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana
Aunque el consumo privado de marihuana no es delito, la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana establece sanciones administrativas para el consumo o la tenencia de drogas en lugares públicos. Esta ley, más conocida como Ley Mordaza, tipifica el consumo de drogas en la vía pública como una infracción grave, sancionable con multas que van desde 601 hasta 30.000 euros.
El consumo de marihuana en espacios públicos o la posesión de pequeñas cantidades en estos lugares, aunque no esté destinada al tráfico, puede acarrear multas administrativas. Estas sanciones pueden variar dependiendo de si la persona es reincidente, de la cantidad de droga incautada y del lugar donde se haya cometido la infracción.
5. Penas por tráfico de drogas
El tráfico de marihuana se castiga con penas severas, que varían dependiendo de la cantidad de droga incautada y de si la marihuana causa grave daño a la salud. Según el artículo 368 del Código Penal, las penas se clasifican de la siguiente manera:
- Delito básico de tráfico de marihuana: las penas establecidas son de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo del valor de la droga incautada.
- Delito agravado por cantidad o reincidencia: Si la cantidad incautada es superior a 10 kilogramos o si el acusado es reincidente, las penas aumentan a tres a seis años de prisión y multas del tanto al triplo del valor de la droga. Si quieres consultar las cantidades máximas de esta u otras drogas puedes hacerlo aquí.
- Circunstancias agravantes: El tráfico de marihuana se agrava si se realiza en presencia de menores, en establecimientos públicos o si implica violencia o pertenencia a organizaciones criminales. En estos casos, las penas pueden superar los nueve años de prisión, dependiendo de las circunstancias.
6. La importancia de una buena defensa jurídica en delitos de tráfico de drogas
Enfrentarse a un proceso judicial por tráfico de marihuana puede tener consecuencias graves, tanto en términos de libertad como económicas. Contar con una defensa jurídica especializada es esencial para garantizar un tratamiento justo y para mitigar las posibles sanciones.
- Interpretación flexible de las leyes: El delito de tráfico de drogas, especialmente en relación con la marihuana, presenta muchas zonas grises. Las cantidades, el lugar de cultivo o tenencia y las circunstancias del acusado son factores que los jueces deben evaluar cuidadosamente. Un abogado especializado en este tipo de delitos puede destacar cualquier aspecto que sugiera que la marihuana estaba destinada al autoconsumo o que no existía intención de traficar.
- Reducción de penas: En ciertos casos, si las cantidades son pequeñas o la conducta del acusado es considerada residual, es posible solicitar una reducción de las penas a través del subtipo atenuado del artículo 368. Con una defensa adecuada, las penas pueden reducirse hasta seis meses de prisión o incluso evitarse.
- Evitar errores procesales: Un abogado especializado podrá identificar cualquier error en la instrucción del caso o en la recogida de pruebas, lo que puede ser decisivo para el resultado del juicio.
- Negociación de penas: Una defensa eficaz también puede facilitar la negociación con la fiscalía para reducir las penas o sustituirlas por trabajos comunitarios o multas, minimizando así el impacto de la condena en la vida del acusado.

En ROCAT Abogados, contamos con una amplia experiencia en la defensa de casos relacionados con el tráfico de drogas, ofreciendo una defensa solida, discreta y adaptada a las necesidades e intereses de nuestros clientes.